Panorama de El Valle de Lecrin

Sobre la campaña 'Di No A Las Torres'

El Valle de Lecrín es una comarca de una belleza intacta. Su prestigio trasciende nuestras fronteras y ha hecho que su importancia como destino turístico se haya incrementado significativamente.

Se reconoce su gran belleza natural – sus campos de olivos, cítricos y almendros, la riqueza de su fauna – rapaces como el águila perdicera, las aves migratorias en torno a la laguna del Padul, el jabalí, el ibex, y la pervivencia de las formas tradicionales de vida y patrimonio. Su importancia en este sentido se recoge con la nominación a Patrimonio Mundial de la Humanidad como ejemplo de olivar nazarí por parte de la Diputación de Granada y su inclusión en el Registro de Paisajes de Interés Cultural Andaluz como uno de los 17 paisajes de interés cultural de la provincia de Granada.

El Plan de Red Eléctrica: un ‘Megaproyecto Eléctrico’

Hasta la fecha Red Eléctrica de España (REE) ha presentado varios planes distintos a la Junta de Andalucía relacionados con la construcción de una subestación eléctrica de 14,000m2 en el corazón mismo del Valle, y 4 líneas de alta tensión diferentes que comportan 362 torres de entre 40 y 81metros de altura. Estas 4 líneas, con un total de 182 kms, incluyen las secciones de El Fargue-Saleres, la propia subestación próxima a Saleres, dos conexiones adicionales desde ahí a las líneas de Gabias-Órgiva y Berja-Órgiva y, finalmente, otra línea entre Saleres y Benahadux en Almería. Más de la mitad del tendido de 182km atraviesa el paisaje del Valle de Lecrín y la Alpujarra.

Dos de las líneas previstas corren paralelas a través del centro del Valle de Lecrín creando así una terrible cicatriz de torres y cableado que rara vez se encuentra en las redes energéticas de la Europa rural.

Esto es solo el principio. Los planes de la subestación incluyen la ampliación de su capacidad inicial y de conexiones adicionales llamadas ‘Nerja 1’ y Nerja 2’. La documentación establece con claridad que, en el futuro, REE pretende aumentar el voltaje de la subestación a 400kv y una capacidad de hasta un total de 14 líneas. REE tiene previsto convertir este hermoso Valle en una telaraña de infraestructuras eléctricas.

Impacto Socioeconómico

Atalaya de Marchal con pilonas de Red Electrica

La reputación internacional del Valle ha crecido de manera sostenida desde 1990 de manera que, después de la agricultura, el turismo se ha convertido en el principal generador de ingresos. Un estudio reciente sobre el sector turístico que incluye hoteles, casas rurales y apartamentos turísticos ha establecido que el Valle ofrece 2014 camas. Los negocios turísticos generan puestos de trabajos y actividad económica subsidiaria. Muchos otros negocios – bares, restaurants, comercios y demás – derivan una parte significativa de sus ingresos del turismo y de las personas que han elegido vivir en el Valle por su gran belleza. Esto también ha supuesto un incremento importante del mercado inmobiliario.

El Proyecto que REE propone pasa completamente por alto estos hechos. Es más, REE va todavía más lejos y presenta la región como una región en trance de extinguirse, amenazada por la despoblación y la falta de industria, y hace referencia a la existencia de sólo 156 camas en el sector turístico – lo subestima en más de 1290% si se compara con las cifras actualmente vigentes.

Es evidente que si el proyecto continúa como está previsto, su impacto será desastroso: el atractivo de la comarca como destino turístico y como lugar de residencia dependen de su belleza natural, paisajes vírgenes, la ausencia de toda la parafernalia del mundo industrial moderno y la flora y fauna que pervive debido a la existencia de todos estos factores. Todo esto está amenazado, amenaza que entraña consecuencias económicas nefastas para la región en su conjunto.

Economistas expertos de la Universidad de Granada estiman la pérdida de ingresos debida al daño ocasionado a la industria del turismo, en más de 16 millones de euros por año. Además, el valor de la propiedad inmobiliaria podría caer en más de 610 millones de euros. Ver los detalles de este estudio.

Recientemente REE ha anunciado en la prensa local que "destina 105 millones para la línea de alta tensión del Valle Lecrin" como si esta inversión en torres de metal y cables, beneficiaran al Valle de forma directa. Esto es falso y engañoso, en especial porque el impacto económico negativo será catastrófico y excede, en mucho, cualquier inversión.

¿Cómo ha sucedido?

El peligro al que se enfrenta el Valle de Lecrín se ha hecho evidente cuando REE empieza a presentar sus planes en más detalle. Hasta ahora, el carácter fragmentado y clandestino de la naturaleza de los planes de REE ha oscurecido la dimensión e impacto final del proyecto. Pueden consultar la cronología de los proyectos de REE en pagina 17. Pareciera que es una estrategia deliberada: asegurar una posición con un proyecto de alcance limitado y una vez establecido el precedente, añadir más proyectos que incrementan dicho alcance. De esta forma, las intenciones de la compañía solo se revelan cuando ya es demasiado tarde.

Las autoridades a nivel local y regional no han tomado conciencia de este modus operandi, ni tampoco del peligro artero que acecha al Valle de LecrÍn con este proyecto global. A nivel municipal ha habido una incapacidad legal y reticencia política para combatir un proyecto energético nacional. A nivel regional, la escasez de recursos para poder analizar los procesos legales y de planificación se ve superado por los voluminosos estudios y los expertos de REE, en especial con relación al impacto económico y medioambiental.

Algunos vecinos del Valle vieron el peligro y comunicaron los planes de REE y sus consecuencias a la comunidad, presentando también numerosas alegaciones contra el proyecto. El apoyo de vecinos y Ayuntamientos es amplio, como también la cobertura en prensa. (Ver datos).

Las alegaciones hacen hincapié en los incumplimientos y omisiones relativos a muchos temas materiales y legales, incluyendo, entre otros, el impacto medioambiental negativo en el paisaje, la ecología y la salud de la población. Estos se resumen en las secciones Juridico y IEM.

La Junta de Andalucía tiene la autoridad y capacidad necesarias para realizar un análisis en profundidad de las ilegalidades, insuficiencias y presunciones erróneas de los planes de REE puestas en evidencia por las alegaciones. Debería realizarse con todo el rigor y diligencia que la situación amerita.

Creemos que la Junta tiene la obligación política y moral de defender a las comunidades del Valle de Lecrin de la injusticia a la que se enfrentan en lugar de apoyar a una compañía privada, que cotiza en bolsa, cuyos inversores tiene como principal objetivo minimizar los costes y maximizar los beneficios.



Alegaciones al Proyecto de ejecución de la línea aérea de transporte de energía eléctrica a 220 kv doble circuito e/s Saleres l/220 kv Berja-Órgiva, 13.753/AT y AAU/GR/010/18

RESUMEN JURIDICO

1. Incumplimiento de las normas de difusión del proyecto

Entre la documentación facilitada en el trámite de información pública a través de la sede electrónica no se ha difundido ni el proyecto ni la mayor parte del Estudio de Impacto Ambiental. En la referida página web se encuentra un enlace denominado «Proyecto de ejecución» que al utilizarlo permite descargar un documento denominado «13753-AT PE_ES_SALERES_BERJA_ORGIVA.pdf» pero dicho documento no puede leerse.

El mismo error se produce cuando se trata de descargar los enlaces referidos a Estudio de impacto ambiental, parte 1, Estudio de impacto ambiental, parte 2, Estudio de impacto ambiental, parte 3. De manera que sólo se pueden descargar los documentos del enlace Estudio de impacto ambiental, parte 4. Este incumplimiento de las obligaciones en materia de evaluación de impacto ambiental supone igualmente un incumplimiento en materia de transparencia y buen gobierno.

En suma, la Administración actuante ha incumplido el artículo 6.2 de la Directiva 2011/92/UE; 36.1 de la Ley 21/2013; artículo 31.3 de la Ley 4/2007; artículos 7.e y 5.4 de la Ley 19/2013 al no haber difundido en la sede electrónica todos los documentos sometidos a información pública.

La carretera entre Saleres y Albuñuelas con las pilonas de Red Electrica

2. Incumplimiento de la obligación informarme como público interesado

La Administración tiene el deber conforme al principio de igualdad establecido en el artículo 75.4 de la Ley 39/2015 de difundir la existencia del procedimiento en trámite de forma que, al menos, las personas identificas en el expediente sean notificadas de manera personal y directa y puedan defender de manera apropiada sus derechos.

En el presente caso no se ha producido dicha notificación personal, a nadie, por lo que la Administración actuante ha incumplido la obligación informar de forma temprana al público interesado, concretamente a mí, mediante medidas eficaces con arreglo al artículo 6 de la Directiva 2011/92/UE y al omitir la citada notificación personal a los interesados identificados en el expediente, ha vulnerado el principio de igualdad en el procedimiento administrativo establecido por el artículo 75.4 de la Ley 39/2015.

3. Incumplimiento de la obligación de formular un Plan Especial sometido a Evaluación Ambiental Estratégica

La legislación andaluza en materia de ordenación urbana determina que las Actuaciones de Interés Público requieren la aprobación del Plan Especial o Proyecto de Actuación pertinente y el otorgamiento, en su caso, de la preceptiva licencia urbanística, sin perjuicio de las restantes autorizaciones administrativas que fueran legalmente preceptivas (negrita añadida, artículo 42.3 de la Ley 7/2002).

Concreta que Procederá la formulación de un Plan Especial en los casos de actividades en las que se produzca cualquiera de las circunstancias siguientes (Art. 42.4 de la Ley 7/2002).)

En el presente caso se requiere la formulación de un Plan Especial porque se cumple más de uno de los presupuestos establecidos por la norma transcrita:

A pesar de que bastaría con uno de estos presupuestos para exigirse el Plan Especial y como ha podido observarse los reúne todos, en el presente caso no se solicitado por la promotora ni exigido por la Administración el debido plan especial, lo que determina un incumplimiento del artículo 42.3 de la Ley 7/2002.

De manera correlativa se la eludido el exigido procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica conforme a lo establecido en el artículo 40.2.c de la Ley 7/2007 de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental. La norma autonómica concreta que se encuentran sometidos a evaluación ambiental estratégica ordinaria los siguientes instrumentos de planeamiento urbanístico: [...] c) Los Planes Especiales que tengan por objeto alguna de las finalidades recogidas en los apartados a), e) y f) del artículo 14.1 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre. Así como sus revisiones totales o parciales. (artículo 40.2.c de la Ley 7/2007).

En suma, el incumplimiento de las obligaciones relativas al plan especial comporta el incumplimiento simultáneo de la obligación de someter dicho plan especial a evaluación ambiental estratégica con arreglo al artículo 3.1 de la Directiva 2001/42/CE, artículo 6.1 de la Ley 21/2013 y artículo 40.2.c de la Ley 7/2007.

Las pilonas de Red Electrica en frente del hotel/hacienda Señorio de Nevada

4. Incumplimientos relativos a las obligaciones de realizar la Evaluación Ambiental del proyecto en su totalidad, y no por partes

El Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020 aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 16/10/2015 (Orden IET/2209/2015 modificada por Acuerdo 27/07/2018 Resolución 30/7/2018) contempla entre sus actuaciones: ACTUACIÓN TS-1: Duplicación del eje de 220 kV entre Granada y Almería: El proyecto consiste en duplicar el eje de 220 kV existente entre Granada y Almería. Con esta actuación se fortalece la interconexión Sur-Levante dando más flexibilidad al sistema y reduciendo las restricciones de generación de la Red de Transporte

Sin embargo, lo solicitado por la promotora y sometido a información pública es sólo una parte del proyecto global descrito, ya que no está siendo objeto de información púbica el proyecto de «Nueva línea Saleres-Benahadux 2 220 kV (nuevo doble circuito aislado a 400 kV, inicialmente funcionando un circuito a 220 kV)».

En otras palabras, el proyecto global «Duplicación del eje de 220 kV entre Granada y Almería» se queda en la subestación y líneas hasta Órgiva, pero omite la parte que conecta Órgiva (Granada) con Benahadux (Almería).

Este fraccionamiento en la elaboración y tramitación del proyecto global «Duplicación del eje de 220 kV entre Granada y Almería» constituye también un fraccionamiento de la evaluación de impacto ambiental integral que entendemos contrario a Derecho, cuando lo exigido es que se realice una evaluación ambiental conjunta del proyecto global. Su fraccionamiento constituye un grave incumplimiento de la obligación transcrita más arriba e incompatible con el efecto útil de la Directiva 2011/92/UE.

5. Insuficiencia de la justificación del proyecto e incumplimiento de las obligaciones relativas al estudio de alternativas

La norma establece que …. La información que deba facilitar el promotor incluirá, como mínimo, los elementos siguientes: [...] d) una descripción de las alternativas razonables estudiadas y de sus características específicas, y una indicación de las razones principales en favor de la opción elegida, teniendo en cuenta los efectos del proyecto en el medio ambiente; (artículo 5.1.d y anexo IV.2 de la Directiva 2011/92/UE, y 1.1.d, 35.1.b y anexo VI.1.b y 2.e de la Ley 21/2013; ).

En el presente caso el estudio de impacto ambiental recoge un análisis de alternativas y justificación de la solución adoptada en el epígrafe 7 de la memoria (página 367 y siguientes), que adolece de, al menos, las siguientes deficiencias:

Fraccionamiento del estudio global de alternativas

Se ha producido un fraccionamiento elusivo del proyecto global, limitación que se mantiene en el análisis de alternativas del estudio de impacto ambiental, ya que se restringe de forma exclusiva a la ubicación de la subestación y de los tres tramos de líneas contemplados en el proyecto en tramitación. Omite por tanto la realización de un análisis de alternativas del proyecto global de la línea Granada-Almería.

Este fraccionamiento, y consecuente sesgo indeseable del análisis de alternativas, lleva por ejemplo a no someter a análisis alternativas otros trazados globales viables entre Granada y Almería en los que ya hay líneas de alta tensión existentes. Al establecerse en el proyecto fraccionado el destino de la línea en Órgiva la promotora está sesgando el estudio de alternativas pues el punto final de la línea global es Almería, no Órgiva.

Rutas de las lineas
Omisión deliberada de alternativas viables

La promotora omite contemplar alternativas viables y de menor impacto ambiental como la de realizar todo o la mayor parte del trazado subterráneo, aunque sea de mayor coste económico, con lo que sesga el análisis de forma que invalida los resultados. Ejemplo de este sesgo se puede encontrar en la Línea de alta tensión 66 kV D/C con origen en SET Lecrín y final en la línea a 66 kV S/C Dúrcal-Órgiva en el término municipal de Nigüelas (Granada) (expediente 10503/AT), en la que inicialmente no se contempló dicha alternativa y finalmente fue la asumida por la promotora.

Fraccionamiento local de alternativas

La promotora establece una metodología de análisis en la que diferencia las alternativas de ubicación de la subestación y las alternativas de los trazados parciales de las líneas estudiados y determina una secuencia decisional para ambas. Con esta diferenciación y secuencia establece sesgo de análisis indeseable en al menos los siguientes aspectos: a) la promotora determina la ubicación de la subestación en cuatro emplazamientos próximos, sin contemplar ubicaciones alternativas más distantes que puedan permitir otros trazados alternativos; y b) fracciona la secuencia de decisión de manera que al establecer en primer lugar la ubicación elegida de la subestación, restringe de forma inaceptable el estudio de alternativas de los tramos del trazado.

Análisis de alternativas no justificado en las variables ambientales

La revisión de las valoraciones de impacto realizadas en el análisis de alternativas muestra que hay variables que no han sido justificadas con objetividad y que con una valoración más exhaustiva ha habido corredores que han sido descartados en favor de otros.

Sierra de Albuñuelas con torres de alta tensión de REE

6. Incumplimientos relativos a la consideración del impacto sobre el paisaje

El estudio de impacto ambiental no ha identificado, descrito y evaluado de forma apropiada al caso, las repercusiones directas o indirectas que tendrá la ejecución del proyecto sobre el deterioro del paisaje y, de manera aún más directa, sobre los bienes materiales (las viviendas, los cortijos, las casas rurales ), como es mi caso.

El estudio de los efectos sobre la interacción población - bienes materiales - paisaje debe realizarse en «función del caso concreto», es decir en función del área geográfica afectada por el proyecto. En el presente caso debe tomarse en consideración que la calidad del paisaje constituye uno de los principales motivos para que la población decida permanecer, instalarse o visitar el área geográfica afectada, y constituye un elemento esencial de la calidad de vida del lugar.

7. Incumplimientos relativos a la consideración del impacto ecológico

El estudio de impacto ambiental no ha identificado, descrito y evaluado de forma apropiada al caso, las repercusiones directas o indirectas que tendrá la ejecución del proyecto sobre el deterioro de especies faunísticas de máximo interés.

Uno de los principales objetivos del Panel Intergubernamental sobre el Cambio Climático - refrendado por el más reciente creado Panel Intergubernamental sobre Biodiversidad y Ecosistemas (IPBES) - es el mantenimiento de la biodiversidad del planeta, algo incompatible con la construcción de estas estructuras (alteraciones topográficas, modificación de los horizontes edáficos, compactación y alteración del suelo e incremento de la erosión; alteración de cauces y barrancos, vertidos de sustancias contaminantes a aguas superficiales y subterráneas procedentes de maquinarias, etc., y esto solo en cuanto a su fase constructiva), ya que además provocan un impacto irreversible mientras dura la explotación, indefinido y perdurable en el tiempo más allá de la propia duración de la explotación, al ser considerablemente agresivo para lo que se considera una biocenosis o trama ecológica en los lugares afectados ya que el trazado propuesto atraviesa diversos ZEC, ZEPA, ZAPRAE, IBA, RAMSAR, RED NATURA, LIC y ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS, entre otros.

Hay que destacar en este punto que la importancia del mantenimiento y fomento de la conectividad ecológica es una pieza clave en los esfuerzos nacionales e internacionales para la conservación de la biodiversidad, tal y como recogen numerosas iniciativas, políticas y legislaciones vigentes tanto a nivel estatal como europeo al permitir contrarrestar los efectos adversos de la fragmentación y aislamiento de los ecosistemas y facilitar la adaptación de las especies a los desplazamientos en sus áreas óptimas de distribución, interrumpidas en este caso por esta pretendida construcción y sus estructuras.

La estrategia europea de biodiversidad de la UE -que afirma que las especies se están extinguiendo a una velocidad muy elevada, que supera entre 100 y 1000 veces el ritmo natural, reconociendo que solo el 17% de las especies y hábitats y un 11% de los ecosistemas protegidos en la UE funcionan bien- tiene un objetivo principal: detener la pérdida de biodiversidad y la degradación de los servicios ecosistémicos. El mantenimiento de la biodiversidad y su aprovechamiento, son claves económicas fundamentales que deberían ser tenidas en cuenta a la hora de reflejar los costes de la explotación.

Bonelli Eagle en el Valle de Lecrin

Foto Paul Gadd

Tal y como se señala en la página 87 del Tomo II del EIA, las especies con algún tipo de protección que potencialmente podrían ser afectadas por la línea eléctrica son 230, de las cuales 145 son aves. REE obvia en su EIA varias especies de aves que ella misma tiene recogidas dentro de sus propios estudios ("Identificación, Caracterización y Cartografiado de Corredores de Vuelo de las Aves que Interactúan con las Líneas Eléctricas de Alta Tensión"), tales como la Cigüeña blanca (Ciconia ciconia) incluida en el Anexo I de la Directiva Aves (anexo que incluye las especies de aves que deben ser objeto de medidas de conservación especiales en cuanto a su hábitat con el fin de asegurar su supervivencia y su reproducción en su área de distribución) y en paso migratorio por el ámbito, Cigüeña negra (Ciconia nigra) incluida en el Anexo I de la Directiva Aves, En Peligro de Extinción y en paso migratorio por el ámbito, Avetoro (Botaurus stellaris) incluida en el Anexo I de la Directiva Aves, En Peligro Crítico de Extinción e invernante en el ámbito y el Quebrantahuesos (Gypaetus barbatus) En Peligro Crítico de Extinción y que ni si quiera aparece en las tablas de especies del EIA, cuando su presencia está documentada en la zona. Los mapas propuestos por Red Eléctrica en su EIA solo contemplan 9 de las 145 especies de aves amenazadas, siendo además estos mapas para medidas anticolisión de aves dado que hablando de electrocución la peticionaria afirma que "en las líneas de transporte de tensión igual o superior a 220 kV, como las que son objeto de este estudio, la electrocución de aves no se produce" (negrita añadida, página 277 Tomo II EIA Memoria) y por lo tanto no se han establecido ningún tipo de medidas contra la electrocución en toda la obra referida, salvo las propuestas mediante las instrucciones técnicas, que como bien especifica el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas eléctricas de alta tensión, tienden a minimizar los accidentes por electrocución, pero estos simplemente no desaparecen, con lo cual se conculcaría de manera efectiva esta ley.

El proyecto de REE atraviesa y fragmenta, a través de talas y desbroces, dos bosques isla y el hábitat de interés comunitario prioritario 6220* (Zonas subestépicas de gramíneas anuales del Thero-Brachypodietea) además de las especies de flora vulnerables Arenaria racemosa, Lavatera oblongifolia y Helictotrichon filifolium subsp velutinum (entre otras afecciones indirectas sobre vegetación y flora).

El proyecto de REE propone apoyos para las líneas de alta tensión en zonas identificadas donde se encuentran el Cangrejo de río (En peligro de extinción), Niña de Sierra Nevada (En peligro de extinción), Buprestis splendens (Vulnerable a la extinción), Baetica ustulata (Vulnerable a la extinción y Caracol chapa (En peligro de extinción), en cuanto a invertebrados amenazados. Sapo partero ibérico (En peligro de extinción) y Salamandra común (Vulnerable a la extinción), en cuanto a anfibios amenazados. Culebra lisa europea (En peligro de extinción), en cuanto a reptiles amenazados. Musgaño de cabrera (En peligro de extinción), Topillo nival (En peligro de extinción), Topo ibérico (En peligro de extinción), Nutria (Vulnerable a la extinción), Cabra montés (Vulnerable a la extinción), Ardilla roja (Vulnerable a la extinción) y Rata de agua (Vulnerable a la extinción), en cuanto a los mamíferos amenazados.

No existirá una prevención del deterioro del ecosistema referido, ni su protección ni mucho menos su mejora dado que se primaría la producción y centralización de energía eléctrica en detrimento de las poblaciones faunísticas y florísticas de la zona, que ya se encuentran en una situación manifiestamente regresiva y que podrían conducir a la desertización biológica de las zonas afectadas al poner por delante los intereses y beneficios de una entidad privada al no respetar los límites ecológicos abocando, por lo tanto, a las especies a su extinción.

8. Insuficiente análisis de los efectos de los campos eléctricos y magnéticos sobre la salud de la población

La norma establece que la promotora preparará y presentará una evaluación de impacto ambiental que comprenderá información sobre el proyecto lo que incluye en particular: "[...] d) una estimación de los tipos y cantidades de residuos y emisiones previstos (por ejemplo, contaminación del agua, del aire, del suelo y del subsuelo, ruido, vibraciones, emisiones de luz, calor, radiación) y cantidades y tipos de residuos producidos durante las fases de construcción y explotación" (Anexo IV.1.c de la Directiva 2011/92/UE, anexo IV.2.d de la Ley 21/2013).

Es absolutamente sorprendente que ni en el proyecto, en el único tramo que ha podido ser consultado, ni en la documentación ambiental que la complementa, se realiza un análisis detallado de los campos que se producen alrededor de los conductores y su influencia sobre el terreno.


RESUMEN DEL INFORME SOCIO-ECONOMICO

Vista del Valle de Lecrín

El Valor de la Belleza

La belleza del Valle de Lecrín está considerada como uno de los recursos más valiosos de la comarca. En el estudio de impacto medioambiental, REE "desde el punto de vista del medio socioeconómico, se consideran como condicionantes de mayor peso la población y los usos del suelo. Otros elementos como el mercado de trabajo o la actividad no se tienen en cuenta a la hora de diseñar los distintos pasillos alternativos y emplazamiento de la subestación". Por tanto, no se tiene en cuenta la estructura productiva de la zona, y como consecuencia, el impacto del proyecto en la comarca en lo concerniente a las actividades del sector primario, secundario y terciario, y sobre todo este último, en lo que se refiere al sector turístico, que presenta un pleno desarrollo, con una vertiente claramente sostenible del territorio.

Al ignorar el valor y la importancia de este recurso, las conclusiones de REE referentes a las pérdidas económicas en el estudio de impacto medioambiental se ven invalidadas. Por el contrario, el estudio económico establece que hay una relación simbiótica entre la belleza de la comarca y su economía, donde cualquier reducción de belleza directa e inevitablemente impactará sobre la economía de la comarca. Este fallo importante por parte de REE resulta inevitablemente en conclusiones incorrectas que, si no se rectifican, conducirán a una catástrofe económica y social.

Además de que las consultas realizadas a las Delegaciones Territoriales sobre esta materia datan del 2012 y un pronunciamiento actualizado es imprescindible, Y es que en el caso concreto de la Consejería de Cultura, en el año 2012 el documento emitido por este organismo recogía que "el estudio deberá valorar igualmente otras tipologías patrimoniales, incluyendo los elementos de interés etnológico, histórico, etc.". No obstante, tal y como se reconoce en el Estudio de Impacto Ambiental, no se han tenido en cuenta nada más que los BICs y las conclusiones que puedan derivar de las futuras prospecciones arqueológicas. Sin embargo, debería valorarse de forma detallada que el impacto paisajístico no es un mero impacto visual, sino que este debería ser definido como deterioro y destrucción del patrimonio, desde elmomento en el que el Valle de Lecrín:

Incidimos pues que en lo que se refiere a las cuestiones concernientes al paisaje no existe una valoración de conjunto y en el enfoque se ha obviado la perspectiva general de la comarca a nivel cultural y patrimonial.

Además, y de manera resumida, el Estudio de Impacto Medio Ambiental no se ajusta en lo establecido en el art. 31 apartado 2c) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, así como en el art. 32 apartado 1 del Decreto 356/2010. Consideramos que se vulnera asimismo el Estatuto de Autonomía de Andalucía que en su preámbulo valora la gran diversidad paisajística del territorio andaluz como uno de los elementos perfiladores de la personalidad andaluza, sus principios rectores, (arts. 37-41), que deben orientar las políticas públicas de la Junta de Andalucía además de los arts. 28, 33 y 195, todos relativos al reconocimiento del valor y la necesidad de protección de los recursos naturales, medioambiente, entorno y paisaje. De la misma forma, se vulnera la ley 14/2007 de Patrimonio Histórico de Andalucía puesto que existe una protección a nivel patrimonial del paisaje del Valle de Lecrín lo que permite adscribirlo como Sitio Histórico conforme a la citada ley. Cabe añadir que en la exposición de motivos de esta ley se dedica una reflexión al tema de la "contaminación visual", defendiendo que la protección del Patrimonio Histórico comprende también su defensa frente a lo que se ha dado en llamar «contaminación visual o perceptiva».

Más aún, teniendo en cuenta la presencia de varios documentos marco que deben regir la política relativa al paisaje como patrimonio cultural. En este sentido, cabe citar varios documentos, el más importante, el Convenio Europeo del Paisaje (número 176 del Consejo de Europa), hecho en Florencia el 20 de octubre de 2000 y ratificado por nuestro país (BOE, 31, de 5 de febrero de 2008) recoge la necesidad de llevar a cabo un estricto proceso de seguimiento y control específicos de los riesgos de deterioro, señalando como una categoría de riesgo la red de infraestructuras.

Junto a esta carencia de pronunciamiento actualizado de la Delegación Territorial de cultura en esta dirección, está también la de Turismo dada la vinculación del paisaje y la actividad turística desarrollada en el territorio.

Impacto sobre el turismo en El Valle de Lecrin

Una casa rural en el Valle de Lecrín

Casa Rural en El Valle de Lecrín

El informe desarrollado por catedráticos de la universidad de Granada sobre el proyecto de REE demuestra claramente que REE no comprende ni considera la extensión y el valor del sector turístico en el Valle de Lecrín. Las estadísticas que REE usa para apoyar su argumento de que el turismo es de importancia menor, están atrasadas y subestiman el valor del sector en 1290%. El turismo del Valle está construido sobre la misma belleza que el proyecto de REE va a destruir irreparablemente. La ausencia de representación de la economía turística del valle invalida sus conclusiones.

Por el contrario, el informe calcula que los planes de REE resultarán en una reducción anual en ingresos turísticos de más de €16 millones, la pérdida de 531 puestos de trabajo y el cierre de 111 negocios.

El Impacto Visual sobre el Paisaje y la Vida Cotidiana

REE no proporciona una información visual y gráfica adecuada que hubiera permitido a las autoridades y al público estimar el daño real al paisaje. Omite, una vez más, información visual vital, que el informe a subsanado.

REE no analiza correctamente las vidas cotidianas de ambos, la población local y los cientos de miles de turistas que visitan este valle cada año. Su premisa de que la única localización desde la que el impacto visual debería ser estudiado son los pueblos y algunos monumentos seleccionados, ignora arbitrariamente la alta movilidad de la comunidad y los turistas que lleva a que las líneas y la subestación estén en la línea de visión de literalmente miles de personas cada día.

Además, REE usa un modelo de impacto visual basado en un estilo de vida urbano y no toma en cuenta la importante cantidad de tiempo que pasa la población en sus campos (lugar de trabajo) desde los que las instalaciones son claramente visibles. El hecho de no aplicar una metodología de estudio coherente y preciso, invalida sus conclusiones sobre la extensión del impacto.

El Impacto sobre los Precios Inmobiliarios – una Desvalorización de €610 millones

El informe económico establece sin duda alguna el impacto significativo del recurso belleza en los precios de la propiedad en la comarca. Por ejemplo, los precios de la propiedad en el municipio de El Valle son un 50% más caro que en otros municipios de iguales características, pero en los que "la plusvalía de la belleza" no es un factor determinante. El informe documenta las pérdidas muy significativas del valor de la propiedad inmobiliaria, lo que ni siquiera se incluye como tema a considerar en el proyecto de REE.

El colapso en el valor de propiedad causará un importante daño tanto a la habilidad de la población residente para conseguir financiación para nuevos negocios, como el daño irreparable a la autoestima de la población que se ha construido cuidadosamente durante 3 décadas. Una vez más, REE no considera ninguna de estas consecuencias colaterales.

Un Golpe Social a la Autoestima de las Comunidades del Valle

Un hotel de lujo en el Valle de Lecrín

El proyecto de REE representan la destrucción de las fuerzas unificadoras, turismo y naturaleza, que mantienen el tejido de esta sociedad local. Cualquier análisis de la viabilidad de un proyecto de grandes infraestructuras debe presentar un argumento bien documentado e investigado con el que se garanticen los beneficios para la comunidad implicada - a nivel local, regional y nacional - comunidad a la que tiene obligación de servir. Más aún, cuando el coste de dicho proyecto se traslada al consumidor como establece la ley 24/2013 del sector eléctrico. El no hacerlo es no cumplir con el requisito más fundamental de una sociedad democrática para asegurar el bienestar de la población. Por contraste a lo presentado por REE, este informe ofrece evidencia concluyente de que este proyecto no cumple con el requisito de aportar un beneficio socio-económico a la comarca.

INFORME TÉCNICO DE EVALUACIÓN DE AFECCIONES PROVOCADAS POR CAMPOS ELÉCTRICOS Y MAGNÉTICOS Y EMISIONES DE RUIDO AMBIENTAL POR LA ZONA DEL VALLE DE LECRÍN (GRANADA).

Torres de alta tensíon - una causa de cancer

Contexto del Informe Tecnico

Esta evaluacion abarca al proyecto y la documentación ambiental de REE y identifica los posibles efectos negativos que los campos eléctricos y magnéticos de baja frecuencia que emiten las infraestructuras electricas y sus consecuencias perjudiciales sobre el medio ambiente y la salud.

Falta de Rigor

También se realizan las observaciones que se consideran oportunas en relación a los defectos y omisiones en la documentación de REE, incluso la falta de rigor no solo en la evaluacion de los campos electricos y magneticos y del ruido ambiental, sino tambien en la identificacion de los efectos colaterales sobre la ecologia y la salud humana a corto y a medio plazo.

Efectos Adversos sobre la Salud Humana

REE pretende ejecutar una línea de alta tensión de 220.000 Voltios que discurre, entre otros parajes, por el Valle de Lecrín. Lo que desconocen los ciudadanos es que alrededor de estos conductores se generan unos fuertes campos magnéticos y eléctricos, que son invisibles, incoloros, inodoros, pero tóxicos.

Normativa de Aplicacion

Muchos informes, como los realizados por el Instituto Karolinska, la Agencia Internacional de Investigación del Cáncer y la OMS, han manifestado que estas grandes infraestructuras generan potentes campos a su alrededor que pueden afectar gravemente a la salud. Los niños son los más perjudicados, aumentando en gran medida el riesgo de contraer leucemia.

El estudio realizado por el Karolinska Institutet determina la influencia que este contaminante invisible puede tener sobre la leucemia, en especial la infantil, considerando que los niños expuestos a dosis superiores a 0,3 μT tienen cuatro veces más riesgo de contraer leucemia. En el caso de los adultos puede influir en el desarrollo de determinados tipos de cánceres, trastornos nerviosos, problemas reproductivos, enfermedades cardiovasculares, etc. Incluso, para niveles tan bajos como 0,2 μT, el riesgo de contraer leucemia micloide aguda (LMA) y leucemia mieloide crónica (LMC) es el 170% más elevado de lo normal.

Se puede suponer que las líneas generan una CEM de 18 μT, tal y como se desprende de las páginas 109-110 del proyecto técnico administrativo de REE. Esta cantidad es aún mayor dentro del entorno de la subestación. Por otra parte, ningún estudio corrobora este hecho, ya que el que presenta la propia REE, solo habla del entorno de la subestación. No existe nada más. No existe nada sobre las líneas. (ver el punto 8 del resumen jurídico).

Criterios Adoptados en Otros Paises

Por poner un ejemplo, y citar un documento elaborado por UNESA (la patronal del sector eléctrico), en EEUU los valores máximos establecidos son del orden de 15 μT para líneas eléctricas de 230.000 Voltios. En Suiza, para líneas aéreas y subterráneas de nueva construcción, el límite máximo es de 1 μT. Este criterio de adoptar un "principio de precaución" o "evitación prudente" está contemplado en algunas sentencias judiciales emitidas sobre esta problemática.

Utilidad Publica

Es importante destacar el concepto de utilidad pública de estos proyectos y, por lo tanto, los esfuerzos que hacen las diferentes administraciones europeas, nacionales y regionales para facilitar su implantación y financiación. Como respuesta, se le debe de exigir a las empresas promotoras que devuelvan a la sociedad una fracción de la misma sensibilidad que esta sociedad ha tenido y, por lo tanto, no escatime en medios para impedir que los ciudadanos se vean sometidos a un estrés de salud, medioambiental, paisajístico, económico, etc. no asumible.



ALGUNOS DATOS

Marcha contra las torres en el Valle de Lecrin

La Planificación Energética Nacional de 2008-2016, documento a nivel nacional, contemplaba la construcción de una subestación en Órgiva. Ante la imposibilidad de llevar a cabo este proyecto, en el año 2012 se plantea un borrador en el que aparece un cambio de esta subestación a Albuñuelas, primera vez que aparece el Valle de Lecrín en el trazado que se proyecta. De ese borrador al documento final, hoy actualmente vigente, el Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía Eléctrica 2015-2020, el emplazamiento de la subestación cambia a Saleres, y cambian con ello también las líneas asociadas.

La empresa Red Eléctrica de España, que no es una empresa pública sino que en un 80% es privada, comienza a elaborar un proyecto en el año 2010 y a contactar con las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía y con las administraciones municipales afectadas, es decir, los ayuntamientos de nuestra comarca. Al parecer, ninguno de los ayuntamientos afectados, por las razones que sean, pensó en aquel momento en elevarlo a la mancomunidad, a pesar de que era un tema para tratarlo en ese espacio. Lo que sí hacen algunos ayuntamientos de manera independiente es plantear alegaciones al proyecto, como hizo Nigüelas, cuyo informe de aquel año indicaba la imposibilidad de que el proyecto pasara por este municipio tal y como estaba planteado, al ser suelo protegido por normativa urbanística municipal. Contestan los ayuntamientos y contestan también las Delegaciones Territoriales de la Junta de Andalucía consultadas. Estamos hablando, más o menos, de los años 2010, 2011.

Año 2015. Ya aparece la subestación de Saleres en la planificación nacional. Desde 2015 sigue el proyecto en marcha, modificando los trazados según esas primeras consultas a las instituciones y se comienza con la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental, en orden a construir el proyecto y obtener la Autorización Ambiental Unificada.

Año 2018.La Delegación Territorial de Conocimiento y Empleo contacta con los Ayuntamientos afectados para que manifiesten su conformidad u oposición al proyecto y envíen los informes técnicos correspondientes. Responden algunos ayuntamientos de manera independiente y con enfoques distintos, expresando su oposición al proyecto tal y como está planteado.

11 de Octubre de 2018. Se reúnen en Granada el presidente de la Diputación, los 8 alcaldes de los municipios del Valle de Lecrín y los responsables empresariales de Red Eléctrica y se firma su adhesión a Lecrinnova, un proyecto para invertir 700.000 euros en la comarca con el fin de promover el desarrollo sostenible de la misma.

18 de Octubre de 2018. Se publica el proyecto en el BOJA, aunque no en el portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, en el que solo aparece el proyecto de ejecución de la Línea Saleres-El Fargue Tramo 2 y el Estudio de Impacto ambiental, aunque este último documento contiene datos del proyecto en general, el de la subestación y el de todas las líneas eléctricas.

Octubre/ Noviembre de 2018. Los vecinos del Valle, a raíz del proyecto de Lecrinnova, toman consciencia de la inminencia del proyecto. Se organiza y se convocan varias reuniones para hacer frente a este problema. Se constituye la Plataforma Di no a las Torres (4 de Noviembre), con el fin de defender la identidad y patrimonio del Valle y conocer, opinar y detener todo lo que concierna dicha identidad y patrimonio. Desde ese momento ha conseguido construir un importante y creciente capital social.

Reunion de la plataforma de Di No A Los Torres

Diversos Ayuntamientos del Valle presentan alegaciones al proyecto de REE. Además, se presentan múltiples alegaciones a las deficiencias en el proceso de información pública por parte de un número significativo de ciudadanos solicitando la corrección de estas deficiencias y la consecuente ampliación del plazo de exposición pública, lo que se consigue, ampliándose el plazo de presentación de las alegacines al 7 de Marzo 2019.

Los empresarios y asociaciones del Valle crean a finales de noviembre del 2018 la "Coordinadora" como otro agente social de oposición al proyecto. La "Coordinadora" gestiona el contacto con Nubia, empresa de abogados y consultores, para hacer un estudio del Proyecto de Impacto Medioambiental presentado por REE con el fin de presentar alegaciones adicionales al proyecto. También ha presentado alegaciones al proyecto de REE la Cooperativa Agro-ecológioca "Hortigas". Esto culminó el día 5 del mes de febrero 2019, con la presentación de la mencionada alegación ante la Consejería pertinente.

Algunas acciones llevadas a cabo hasta el momento por la plataforma

Presentación de alegaciones sobre las deficiencias del procedimiento de información pública al detectar que 3 de los 4 los proyectos no habían sido publicados en el Portal de Transparencia. De ahí que la Delegación, ante esta acción y la petición de REE, haya optado por una ampliación del plazo de alegaciones hasta el 7 de marzo 2019.

Recogida de firmas rechazando el proyecto: 2784 firmas de oposición sobre papel y 9250 en el portal change.org, a saber, un total de 12034.

Mesas informativas, contactos con especialistas, reuniones organizativas, constitución de grupos de trabajo, contactos con medios de comunicación, notas en diarios, etc.

El 6 de Febrero, luego de la presentación de las alegaciones el día 5, se celebró una reunión informativa en Dúrcal sobre las mismas. La asistencia fue multitudinaria desbordando las capacidades de la sala.

Desde la presentación de las alegaciones de Coordinadora/Nubia/Ecologistas en Acción y la Cooperativa Agro-ecológioca "Hortigas" el 5 de febrero, se realizan reuniones informativas sobre las alegaciones presentadas en todos los pueblos del Valle con el fin de explicar a los vecinos los errores detectados en el Estudio de Impacto Medioambiental presentado por REE y animarlos a adehrirse a las mismas. Se consigue, en menos de un mes, casi 2000 adhesiones.

De los 8 Ayuntamientos del Valle todos se han opuesto al proyecto a través de plenos u otros órganos de gestión; cinco de ellos han rechazado también el proyecto de Lecrinnova; la mayoría Ayuntamientos ha presentado alegaciones propias además de adherirse a las alegaciones arriba mencionadas.

El día 24 de Febrero, se celebró una Marcha Senderista y Comida Popular con gran afluencia de público y presencia en medios. Se contabilizaron en torno a 1400 participantes.

El día 10 de Abril Visita al Defensor del Pueblo Andaluz en Sevilla. Se presentaron las casi 12000+ firmas recogidas en el Valle rechazando el proyecto de REE y los apoyos a las distintas alegaciones presentadas tanto del Valle como de la Alpujarra.

El 13 de Abril. Manifestación contra las torres en Granada, junto a la Plataforma de la Alpujarra, y más de 1000 ciudanos.

manifestacion de Di No A Los Torres en Granada

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